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Con la realización de estos cursos, podrá participar activamente en la protección de su salud y la de sus compañeros en la empresa, todo ello dentro de las funciones que como trabajador designado deberá desempeñar:
- - Promover los comportamientos seguros y la correcta utilización de los equipos de trabajo y protección, y fomentar el interés y cooperación de los trabajadores en la acción - preventiva.
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- - Promover, en particular, las actuaciones preventivas básicas, tales como el orden, la limpieza, la señalización y el mantenimiento general, y efectuar su seguimiento y control.
- - Realizar evaluaciones elementales de riesgos y, en su caso, establecer las medidas preventivas del mismo carácter compatibles con su grado de formación.
- - Colaborar en la evaluación y el control de los riesgos generales y específicos de la empresa, efectuando visitas al efecto, atención a quejas y sugerencias, registro de datos, y cuantas funciones análogas sean necesarias.
- - Actuar en caso de emergencia y primeros auxilios gestionando las primeras intervenciones al efecto.
- - Cooperar con los servicios de prevención en su caso.
El actual marco jurídico y normativo en materia de seguridad y salud laboral desarrollado en el reglamento de los servicios de prevención según el real decreto 39/1997, de 17 de enero, establece que se deben de llevar a cabo la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo. Por otra parte, se debe tener en cuenta que el empresario en cumplimiento del deber de protección, está obligado a garantizar que cada trabajador reciba una formación suficiente para el desempeño de su actividad. Por lo tanto, es necesario que los trabajadores reciban una formación adecuada en Prevención de Riesgos Laborales. |