LA SEGURIDAD SOCIAL REDUCE LAS COTIZACIONES POR CONTINGENCIAS PROFESIONALES A LAS EMPRESAS QUE DISMINUYAN SU SINIESTRALIDAD LABORAL


Hace unos meses que se aprobó en El Consejo de Ministros el Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo, por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales -accidentes de trabajo y enfermedades profesionales-, a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral.


Los incentivos en forma de reembolso para las empresas que demuestren su contribución a la prevención de riesgos laborales, podrá oscilar entre el 5 y el 10 por ciento de las cuotas por accidente de trabajo y enfermedades profesionales comprendidas a lo largo del año. La norma establece que las empresas deberán haber cotizado a la seguridad social en concepto de cuotas por contingencias profesionales un mínimo de 5.000 euros, bien en un año, o en el máximo de cuatro años consecutivos.


En el caso de pequeñas empresas el mínimo se establece en 250 euros
. Para este año en el que nos encontramos, el incentivo en caso de adecuarse a los criterios solicitados, utilizará como referencia las cuotas abonadas en el año 2009 y las inversiones en materia preventiva realizadas ese mismo año. La financiación del sistema de incentivos correrá a cargo del Fondo de Prevención y Rehabilitación constituido por el 80 por cien del exceso de excedente de la gestión de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la seguridad social. Las empresas que quieran acogerse a los incentivos, deberán presentar la solicitud entre el 1 de Abril y el 15 de Mayo de cada año en la mutua o entidad gestora que asume la protección de sus contingencias comunes

Volver atrás

 

E-mail: info@previlabor.com